Escrito por: Unknown jueves, 20 de noviembre de 2014

¿Conoces los derechos y obligaciones que tienes como propietario respecto a las zonas comunes?



comunidad de vecinos



Según la Ley de Propiedad Horizontal, las zonas comunes pertenecen a los vecinos y se encuentran sujetas a diversos derechos y obligaciones, las cuales vamos a revisar a continuación.

En nuestros edificios existen multitud de elementos comunes: terrazas, portales, pasillos, patios de luces, etc. En muchos casos, su gestión es objeto de discordia y desencuentros, de largos debates, reuniones y discusiones, pero las nuevas herramientas no solo permiten agilizar estos procesos, sino hacerlo online desde tu propia casa.

Derechos del propietario sobre los elementos comunes:

- Usarlos y disfrutarlos de forma completa y compartida con los demás copropietarios, cuyo uso y disfrute es su único tope.

- Exigir que se realicen las obras de conservación y mantenimiento del edificio y los servicios comunes.

- Consentir, de forma previa, la realización de innovaciones en los mismos que los hagan inservibles para el uso o disfrute a algún propietario.

- Pedir el establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, conserjería, vigilancia u otro, comunes de interés general; debiendo contar, para lograrlo, con el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios. Y en los mismos términos, el arrendamiento de alguno de los elementos comunes que no tengan asignado un uso específico.

- Pedir la instalación de infraestructuras comunes para acceder a, o adaptar, los servicios de telecomunicaciones, o instalar sistemas comunes o privativos de aprovechamiento de energía solar o nuevos suministros energéticos colectivos, consiguiéndolo cuando se reúna un quorum de 1/3 de propietarios y cuotas.

Obligaciones en relación a los elementos comunes:

- Respetar las instalaciones generales de la comunidad, y demás elementos comunes, ya sean de uso común o privativos de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local. 

Haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen o desperfectos.

- Declarar, en el instrumento público por el que se transmitan, que el piso o local se halla al corriente del pago de los gastos generales de la comunidad, o expresar los que adeude, aportando en ese momento certificación emitida por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración.

- Responder con su propio inmueble adquirido, de las deudas de los anteriores propietarios con la comunidad por los gastos generales, hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en que se ha adquirido y el año natural inmediatamente anterior.

- Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación de un fondo de reserva para atender las obras de conservación y reparación de la finca.

- Aceptar el nombramiento del cargo de Presidente, de cuyo nombramiento sólo puede ser relevado por el Juez.


Obligaciones en relación al edificio:

- Comunicar al administrador la necesidad de las reparaciones urgentes.

- Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble, y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general, percibiendo los resarcimientos de los daños y perjuicios que se le ocasionen.

- Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares, y responder ante éstos de las infracciones cometidas y daños causados.

- Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota, según el título o acordada, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.

- Consentir, y no demorar injustificadamente, la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente, y no haciéndolo responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.


Fuente: Blog PlusVecinos.com 


Deja tu comentario

Subscribirse a entradas | Subscribirse a comentarios


Archivo de blog

Con la tecnología de Blogger.

- Copyright © Blog - Tu solución inmobiliaria -Metrominimalist- Powered by Blogger - Designed by Johanes Djogan -